BASES DE LA PROMOCIÓN
2018-12-27
BASES DE LA PROMOCIÓN
“FINISH EXTRABALL”
Reckitt Benckiser (España), S.L., en adelante RB, domiciliada en la calle Mataró número 28, 08403 Granollers (Barcelona) con CIF B-48001770, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, como entidad organizadora y titular de la marca Finish, realizará una promoción denominada “Finish Extraball”, con la finalidad de promocionar su marca dentro del estado español, en hipermercados y supermercados, que tendrá lugar desde el día 1 de Noviembre de 2018 hasta el 31 de Enero de 2019, ambos inclusive, en las condiciones detalladas en las cláusulas de las presentes bases.
Periodo promocional
El periodo promocional será del día 1 de noviembre de 2018 hasta el 31 de enero de 2019, ambos inclusive.
Ámbito territorial
La promoción se llevará a cabo en todo territorio español, incluidas Las Islas, Ceuta y Melilla, pudiendo participar en ella todas aquellas personas mayores de 18 años que residan legalmente en España, con excepción de lo establecido en el punto 10, apartado “Exclusiones”.
Establecimientos adheridos
Todos los hipermercados y supermercados del territorio nacional.
Producto promocional
Los productos promocionados susceptibles de participar en la presente promoción son:
Descripción – Código EAN
FINISH ALL IN 1 EXTRABALL 35 + 15 8410104308018
FINISH QUANTUM EXTRABALL 26+14 8410104123161
FINISH ALL IN 1 EXTRABALL 76 8410104890759
FINISH QUANTUM EXTRABALL 60 8410104890766
FINISH GEL DUPLO 35+35 EXTRABALL 8410104124762
FINISH GEL DUPLO 50+50 EXTRABALL 8410104880750
El premio:
Se va a realizar una entrega de un premio en metálico, al cual se deberá practicar las retenciones legalmente establecidas. Cada premio se encuentra limitado a 1 ticket de compra por persona y el ganador va a ser designado ante notario en 1 sorteo. El importe se pagará en importes de 1.000€ que se pagaran en los distintos meses de 2019, a excepción de febrero que tendrá las dos primeras pagas. La transferencia con el importe de cada premio podrá realizarse a lo largo del mes correspondiente y el ganador será anunciado en la siguiente fecha: 12 de febrero 2019.
La entrega de los premios podrá estar condicionado a la realización de la fotografía con el ganador tal y como se indica en el punto número 10, apartado “Derechos de imagen”.
Único Sorteo:
Período para participar: del 1 de noviembre 2018 al 31 de enero 2019.
El sorteo se realizará el día 11 de febrero 2019 y se comunicará al ganador el día 12 de febrero 2019.
Número de premios: Uno
Valor del premio: 12.000 euros, al cual se deberán practicar las retenciones legalmente establecidas. El premio se entregará en pagas de 1.000 euros.
Mecánica de la promoción:
Las personas que deseen participar deberán comprar uno de los productos Finish indicados en el apartado 4 de estas bases en uno de los establecimientos adheridos.
Deberá dirigirse a la web www.finish.es y clicar en el botón de “Participa” de esta promoción. En esta sección hallará un formulario de participación que deberá rellenar con todos los datos que se solicitan (nombre y apellidos, e-mail, teléfono de contacto, DNI y clicar sobre el botón de enviar.)
El premio se otorgará mediante la modalidad de sorteo que se describe en el punto 7.
Hay un solo sorteo el 11 de febrero 2019, en el cual se designará un único ganador.
Sólo se permitirá una participación por ticket de compra por persona. Cada persona solamente podrá participar una vez con un solo ticket.
En caso de ser ganador, deberá presentar el ticket de compra y este deberá estar dentro del periodo promocional indicado en el punto 1 de estas bases. El registro en la web deberá ser en fecha igual o posterior a la del ticket de compra. Para ser considerado ganador deberá rellenar todos los datos que solicite la web y conservar el ticket original.
No se admitirán fotocopias de tickets ni tickets tachados, manipulados o rotos.
Solo podrá considerarse ganador si presenta un ticket de compra, cuya fecha se encuentre dentro del periodo promocional. En caso de no poder justificar estas condiciones, no podrá ser asignado como ganador y el premio pasará a ser desierto.
Cada participación deberá estar limitada a 1 ticket de compra por persona.
El Sorteo
Sorteo: la designación del ganador se realizará a partir de un sorteo ante notario el 11 de febrero.
El notario introducirá los datos, y el ganador se va a asignar de forma totalmente aleatoria.
En el caso que el consumidor no cumpla con las bases de esta promoción, el premio pasará a estar desierto, por lo que ningún otro consumidor recibirá el importe del premio.
Comunicación con el ganador y entrega de premio
La comunicación con el ganador se realizará telefónicamente, al número indicado en su participación. Una vez realizada esta llamada, el nombre del ganador se publicará en la página web www.finish.es siempre y cuando éste haya dado su expreso consentimiento tal y como se explica en el noveno apartado.
En el caso de realizar dos llamadas y no localizar al ganador, se considerará como no aceptación del premio y este pasará a ser desierto.
El ganador deberá enviar una carta con todos los datos de participación (nombre y apellidos, e-mail y teléfono de contacto), dirección completa, copia del DNI/NIE y el ticket de compra original con el que participó, a una dirección que se le facilitará por teléfono o email para tal fin, con objeto de verificar que su participación cumple con los requisitos de las bases de la promoción.
Una vez el premiado haya enviado el ticket de compra y los datos indicados en el punto anterior, se verificará/contrastará con los datos introducidos en la web para confirmar que es ganador.
La fecha máxima para recibir la documentación en el apartado de correos es de 30 días después de contactar con el ganador.
El premio es nominativo y será entregado exclusivamente en territorio español.
Carta de entrega y aceptación del ganador
Para recibir el premio será necesario que el ganador firme la “Carta de entrega y aceptación del premio” y la envíe junto con fotocopia de su DNI/NIE al apartado de correos que se le facilite. Además, se adjuntará un acuerdo de prestación de consentimiento en caso de que el ganador aceptase la publicación de su nombre en la web www.finish.es
La carta de aceptación deberá ser cumplimentada en todos sus extremos por el ganador y adjuntando la copia de su DNI/NIE a la persona de la organización que entregue el premio.
Se considera por la organización como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA), la devolución a la organización de la carta de aceptación NO firmada por el ganador, o no adjuntando la copia de su DNI/NIE.
Si el ganador no presenta la carta y/o documentación que se le solicita, se entenderá que renuncia al premio.
También se entenderá como renuncia al premio la devolución a la organización de la carta de aceptación sin inclusión de la aceptación del premio de forma expresa e incondicional por parte del ganador, NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
Otras consideraciones aplicables a la promoción
Datos personales
Los datos de carácter personal de los participantes en la promoción deberán ser facilitados debidamente actualizados y de forma veraz y completa, pues de ello depende el buen fin de la promoción. En caso contrario, RB quedaría liberada de ese buen fin y de cualquier consecuencia dimanante.
En cumplimiento de lo establecido en el reglamento (UE) 2016/679, de Protección de Datos de Carácter Personal, el envío voluntario de los datos personales para participar en la presente campaña, supone el consentimiento expreso del participante para que RB por sí misma o a través de otras entidades lleven a cabo la gestión o tramitación de los datos (encargado del tratamiento), los traten con la exclusiva finalidad de tramitar su participación en la promoción, pudiendo incorporar dichos datos a un fichero.
El participante podrá manifestar su negativa al tratamiento de los datos y podrá ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación, oposición portabilidad y limitación del tratamiento, mediante comunicación escrita dirigida al domicilio de RB sito en la calle Mataró, número 28, 08403 Granollers (Barcelona) a la atención de “Departamento de atención al consumidor”.
La respuesta a las preguntas sobre dichos datos tiene carácter obligatorio, por lo que la negativa a suministrar los mismos supondrá que no pueda participar en la presente promoción.
En este caso, la grabación de datos se efectuará por la propia compañía RB o por cualquier otra compañía que RB delegue.
Derechos de Imagen
De conformidad con la Ley orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil de derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, el premiado cede a RB los derechos sobre nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta promoción y, en especial, con el disfrute de los premios que se deriven de su participación en la promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (internet, cd, y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación de internet, la explotación televisiva en cualquier forma) sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado conforme a estas bases.
El premiado cede gratuitamente a RB los derechos de imagen que pudieran corresponderles como consecuencia de la emisión y/o grabación audiovisual, así como los reportajes gráficos, individual o colectivos que se realice y autorizan de forma expresa e irrevocable a RB a conservar las mencionadas grabaciones e imágenes gráficas para ser utilizadas total o parcialmente con fines publicitarios o promocionales en los medios que considere conveniente o en cualquier dominio en Internet de RB, o redes de las que forme parte.
Retención fiscal
A los premios de la presente promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF); el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); el Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego, por lo que en su caso, corresponderá a la entidad RB la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.
De conformidad con la normativa mencionada, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros.
Exclusiones
Quedan expresamente excluidos de la participación en esta promoción todos los empleados de RB así como sus familiares hasta segundo grado y los de las empresas integradas en la realización de la presente promoción.
Derecho de eliminación de participaciones fraudulentas
RB se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente promoción.
Aceptación de las bases
Se informa a los posibles participantes que el simple hecho de participar en esta promoción implica la total aceptación de las presentes bases, que han sido depositadas ante el Notario Don Luis Máiz Cal (Pº Pintor Rosales nº 20 – 2º, 28008-Madrid) y podrán consultarse en la página web www.finish.es y en la sección Abaco de la página www.notariado.org.
En caso de suscitarse problemas o incidencias en la interpretación de las presentes bases o en el desarrollo de la promoción, se instará a los criterios que aplique RB, sometiéndose en caso de conflicto a los juzgados de Barcelona.
Las personas que resulten ganadoras de alguna promoción del grupo RB no podrán participar en ninguna de las promociones que se realicen por el grupo en los siguientes 12 meses.
Otros
RB se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presentes bases en relación a su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del período de vigencia de la promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.
RB no se hace responsable por la imposibilidad de registrar algún participante debido a un error en la captura de sus datos personales como consecuencia de la facilitación de datos incompletos o erróneos.
RB y la agencia de publicidad que gestiona la realización de la promoción no se hace responsable de las incidencias y sucesos de todo orden (por ejemplo, imposibilidad de registrar los datos de algún participante, etc.) que sean provocadas por una deficiente prestación del servicio por parte de las compañías de correos y/o mensajería.
Barcelona, 29 de Octubre de 2018